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El convenio regulador sin matrimonio y con hijos

convenio regulador sin matrimonio y con hijos

Un matrimonio al separarse, se rige mediante un convenio regulador para preservar los derechos de los hijos, pero cuando hay hijos sin haber contraído matrimonio, pueden surgir muchas dudas sobre si es necesario un convenio regulador y que medidas se pueden tomar.

Muchas parejas deciden no contraer matrimonio pero sin embargo, mantienen un vínculo excepcional por medio de los hijos en común. Cuando deciden separarse, los hijos de los padres que no han contraído matrimonio pasan por el mismo sistema de regulación, que aquellos que forman parte del matrimonio.

El convenio regulador se aplicará igualmente a las parejas que no hayan contraído matrimonio y que tengan hijos menores de edad en común. La ley protege a los menores ya estén dentro de un matrimonio o no, por lo que un juez tomará las medidas pertinentes en el caso de que no haya un acuerdo entre los cónyuges.

El procedimiento más normal es de una separación amistosa, ambos progenitores ya estarán de acuerdo con las medidas a adoptar por lo que un juez simplemente dará el visto bueno para supervisar la protección del menor viendo que ambas partes están conformes con el convenio. En el caso de que la pareja no se ponga de acuerdo, un juez pasará a determinar según su propio juicio la potestad de los hijos y los diferentes puntos dentro del convenio regulador.

¿Qué contiene el convenio regulador?

Todo convenio regulador deberá de establecer las obligaciones de cada padre respecto a los derechos de sus hijos. Dentro del convenio deberán de establecerse los siguientes puntos:

  • La patria potestad: quien se hará cargo del menor en su totalidad o si se trata de una custodia compartida entre ambos padres. También se determinará el régimen de visitas para que ambos padres intervengan en la educación del menor, ya que es el derecho y la obligación de ambos, a no ser que el juez determine lo contrario en casos muy excepcionales.
  • La pensión alimenticia: para asegurar la correcta manutención del menor, se establecerá una pensión alimenticia que deberá pagar el cónyuge con el que no conviva el menor en su totalidad. Dentro de la pensión alimenticia entrarán todos los gastos relacionados con el alimento, el vestido, educación y vivienda. Son los gastos básicos diarios del menor, pero también puede haber una pensión excepcional, en el caso de que se haga un gasto en el menor de forma extraordinaria, como una visita al dentista o una actividad extraescolar.

¿Qué pasa si uno de los cónyuges no acepta el convenio regulador?

Si uno de los cónyuges no acepta el convenio regulador establecido, se hará un balance con datos que testifiquen los ingresos de cada progenitor, quien estaba más a cargo del cuidado del menor cuando la pareja aún estaba unida, la disponibilidad horaria de cada uno. Cuando estos datos se dan a cada abogado, acto seguido se celebrará un juicio en el que el juez a partir de los datos obtenidos, tomará una decisión de cuál será el cónyuge que dispondrá de la custodia completa del menor. Cuando los cónyuges no se ponen de acuerdo, se trata de un procedimiento largo que puede durar hasta 6 meses.

De esta forma, las parejas que no hayan contraído matrimonio y tengan hijos en común y deseen separarse, tendrán que formalizar de forma legal el convenio regulador que proteja los intereses de los más pequeños.

Si te encuentras en esta misma situación y no dispones de un convenio regulador o tienes alguna pregunta acerca del convenio de una separación sin matrimonio y con hijos, ponte en contacto con nuestro bufete de abogados expertos en divorcios en Málaga. Te ayudaremos dentro de lo posible y responderemos cualquier cuestión que te haya surgido acerca del futuro de tus hijos después de la separación.